Reagrupación familiar · Régimen general

Una residencia nunca deberíaseparar a una familia.

La residencia en España no siempre comienza con una persona. A veces comienza con una familia que necesita volver a estar junta. La reagrupación familiar permite, en los supuestos establecidos por la legislación española, que determinados familiares de una persona extranjera residente legalmente en España puedan obtener una autorización de residencia para vivir con ella.

Pero detrás de cada expediente existe una realidad diferente. Una familia. Un país de origen. Una historia documental. Una situación económica. Una vivienda. Y, en ocasiones, circunstancias familiares que requieren especial cautela.

Familia·Extranjería

Analizar el caso de su familia
Familia de tres generaciones caminando de espaldas por la pasarela de madera de las Dunas de Artola hacia la playa de Cabopino, Marbella, al atardecer

La familia es el fin.La estructura jurídicaes el camino.

Distancia · Estructura jurídica · Reencuentro · Hogar

¿Quién puede reunirse con usted?

La normativa permite, bajo determinadas condiciones, la reagrupación de distintos familiares.

Cónyuge o pareja

Cónyuge o pareja en los supuestos reconocidos legalmente, debiendo acreditarse correctamente la relación y, cuando corresponda, su vigencia y autenticidad.

Hijos

Hijos en los supuestos establecidos legalmente, incluyendo determinadas situaciones de menores y otros casos específicos.

Ascendientes

Padres y determinados ascendientes, sujetos a requisitos particulares relacionados, entre otras circunstancias, con la edad y la dependencia.

Familiares a cargo

Determinados familiares pueden requerir una acreditación especialmente rigurosa de su dependencia económica o personal.

Situaciones familiares especiales

Custodia, adopción, matrimonios anteriores, divorcios, hijos de diferentes relaciones o situaciones familiares complejas pueden exigir un análisis específico.

El grado de parentesco es solo el principio.

Antes de presentar

Primero, entendemos a la familia.

Antes de preparar una solicitud analizamos:

  • quién reside en España
  • quién pretende reagruparse
  • qué vínculo existe
  • dónde se encuentra cada miembro
  • edades
  • situación económica
  • vivienda
  • historial migratorio
  • y cualquier circunstancia que pueda afectar al procedimiento.

No hay dos familias iguales. Por eso evitamos planteamientos automáticos.

El expediente familiar

Todo vínculo ha de acreditarse.

Cuando los documentos proceden de distintos países, uno de los principales retos consiste en conseguir que toda la historia familiar resulte jurídicamente coherente y documentalmente acreditable.

Podemos revisar:

  • certificados de nacimiento
  • certificados de matrimonio
  • parejas registradas o situaciones legalmente reconocidas
  • filiación
  • custodia
  • adopciones
  • documentación de menores
  • dependencia económica
  • sentencias y resoluciones extranjeras
  • y cualquier otro documento relevante.

Cuando corresponda:

apostilla·legalización·traducción jurada

Hilamos los documentos antes de presentar a la familia.

El requisito económico

La familia ha de tener sustento.

La persona residente en España debe acreditar, en los términos exigidos legalmente, medios económicos suficientes para atender las necesidades de la unidad familiar.

La cuantía y forma de acreditación dependen de la composición familiar y de las circunstancias del caso.

Por eso estudiamos:

  • ingresos
  • fuentes de recursos
  • estabilidad
  • personas a cargo
  • composición de la unidad familiar
  • y documentación bancaria, laboral o económica que permita acreditar adecuadamente la situación.

Tener los medios no es lo mismo que acreditarlos.

La vivienda

Una familia necesita algo más que una dirección.

La vivienda constituye otro elemento que puede resultar relevante en el procedimiento.

Analizamos cómo acreditar que la vivienda es adecuada para la unidad familiar, atendiendo a las condiciones exigibles.

Puede ser necesario revisar:

  • contrato de arrendamiento
  • título de propiedad
  • ocupantes
  • superficie
  • condiciones de habitabilidad
  • y la documentación administrativa correspondiente.

Antes de que llegue su familia, nos ocupamos de que el expediente esté listo.

No todas las familiasencajan en una fórmula.

Hay expedientes que requieren un análisis especialmente cuidadoso.

Menores · Cuando existen hijos menores, separación entre progenitores o cuestiones de custodia.

Hijos mayores de edad · Cuando la edad del hijo hace necesario analizar cuidadosamente si continúa existiendo la vía de reagrupación o debe estudiarse otra alternativa.

Ascendientes · Cuando se pretende reagrupar a padres u otros ascendientes y debe acreditarse la situación exigida.

Dependencia · Cuando la relación familiar depende de una situación económica o personal que debe probarse documentalmente.

Matrimonios anteriores · Cuando existen matrimonios anteriores, divorcios o diferentes vínculos familiares.

Custodia · Cuando uno de los progenitores reside en España y el otro permanece en el extranjero.

Adopción · Cuando la relación familiar deriva de una adopción nacional o internacional.

Circunstancias sobrevenidas · Cuando la situación familiar cambia mientras el procedimiento está en marcha.

Cuanto más compleja es la historia familiar, más importa la preparación.

Madre mayor e hija adulta caminando del brazo por una calle encalada del Casco Antiguo de Marbella a primera hora de la mañana

El consulado

El último paso puede ser el más delicado.

Cuando el familiar se encuentra fuera de España, la autorización puede requerir posteriormente la intervención del consulado español competente.

No dejamos esta fase para el final.

Antes de llegar a ella revisamos:

  • competencia consular
  • documentación
  • legalizaciones
  • apostillas
  • traducciones
  • antecedentes cuando correspondan
  • y cualquier otra exigencia documental aplicable.

Preparamos el consulado antes del consulado.

Tras la concesión

El proceso no termina con la resolución.

Una vez concedida la autorización, todavía existen pasos que pueden ser necesarios para completar correctamente el proceso de llegada y documentación en España.

Acompañamos, cuando corresponda, en:

  • fase consular
  • entrada en España
  • TIE
  • empadronamiento
  • Seguridad Social
  • renovación
  • modificación de autorización
  • y planificación de la siguiente etapa migratoria.

La concesión es un hito. No la meta.

Cuando la vida familiar cambia

La vida no sigue los plazos de extranjería.

Una familia puede cambiar después de obtener la residencia.

Puede producirse:

  • un nacimiento
  • un matrimonio
  • una separación
  • un divorcio
  • un cambio de dependencia
  • la mayoría de edad de un hijo
  • un cambio económico
  • un fallecimiento
  • o una modificación de la situación del reagrupante.

Cada una de estas circunstancias puede tener consecuencias jurídicas diferentes.

No espere a que caduque la tarjeta. Cuando la situación familiar cambia, analizamos inmediatamente sus posibles consecuencias migratorias.

La siguiente etapa

La residencia familiar puede evolucionar.

La situación del familiar reagrupado no necesariamente permanece indefinidamente vinculada al mismo régimen.

Dependiendo de las circunstancias y del cumplimiento de los requisitos correspondientes, pueden existir posteriormente vías de:

  • residencia independiente
  • modificación
  • renovación
  • residencia de larga duración
  • nacionalidad, cuando corresponda.

No miramos solo la siguiente tarjeta. Miramos todo el camino.

Nuestro papel

Más que un expediente de reagrupación.

En Garzalex analizamos la reagrupación familiar dentro del contexto completo del cliente.

Cuando resulta necesario, coordinamos:

Extranjería

La estrategia y autorización de residencia.

Derecho de familia

Divorcios, custodia, filiación y situaciones familiares complejas.

Fiscal

Consecuencias fiscales del traslado y residencia.

Inmobiliario

Vivienda, adquisición o alquiler.

Cliente privado

Patrimonio, sucesiones y planificación familiar.

Documentación internacional

Coordinación documental entre diferentes jurisdicciones.

Una familia. Una sola lectura jurídica.

Si algo sale mal

Una denegación exige análisis.

Una denegación no debe aceptarse sin estudiar previamente sus fundamentos.

Analizamos:

  • motivos de la denegación
  • documentación aportada
  • valoración realizada
  • fundamentación jurídica
  • plazos
  • y las alternativas que puedan existir.

Cuando proceda:

nueva solicitud·recurso administrativo·vía judicial

Primero, entender la resolución. Después, decidir qué hacer.

Nuestro enfoque

  • 01EvaluarEntendemos la situación familiar.
  • 02ComprobarRevisamos vínculos y documentación.
  • 03EstructurarOrdenamos medios económicos, vivienda y expediente.
  • 04PrepararConstruimos la documentación necesaria.
  • 05PresentarGestionamos el procedimiento.
  • 06CoordinarAcompañamos las distintas fases, incluida la consular cuando corresponda.
  • 07ContinuarSeguimos presentes en renovaciones y cambios posteriores.

Criterio Garzalex

Reagrupar a una familia no consiste en traer documentos a España.

Se trata de reunir a los suyos, con el derecho ya dispuesto para recibirlos.

Las decisiones importantes deberían poder discutirse en el idioma en el que se toman.

ES·EN·DE·RU

Asesorar a un cliente internacional exige algo más que traducción: exige contexto.

Lo importante es que vuelvan a estar juntos.

Del procedimiento nos ocupamos nosotros.

Hablar con nuestro equipo