Reagrupación familiar · Régimen general
Una residencia nunca deberíaseparar a una familia.
La residencia en España no siempre comienza con una persona. A veces comienza con una familia que necesita volver a estar junta. La reagrupación familiar permite, en los supuestos establecidos por la legislación española, que determinados familiares de una persona extranjera residente legalmente en España puedan obtener una autorización de residencia para vivir con ella.
Pero detrás de cada expediente existe una realidad diferente. Una familia. Un país de origen. Una historia documental. Una situación económica. Una vivienda. Y, en ocasiones, circunstancias familiares que requieren especial cautela.
Analizar el caso de su familia
La familia es el fin.La estructura jurídicaes el camino.
¿Quién puede reunirse con usted?
La normativa permite, bajo determinadas condiciones, la reagrupación de distintos familiares.
Cónyuge o pareja en los supuestos reconocidos legalmente, debiendo acreditarse correctamente la relación y, cuando corresponda, su vigencia y autenticidad.
Hijos en los supuestos establecidos legalmente, incluyendo determinadas situaciones de menores y otros casos específicos.
Padres y determinados ascendientes, sujetos a requisitos particulares relacionados, entre otras circunstancias, con la edad y la dependencia.
Determinados familiares pueden requerir una acreditación especialmente rigurosa de su dependencia económica o personal.
Custodia, adopción, matrimonios anteriores, divorcios, hijos de diferentes relaciones o situaciones familiares complejas pueden exigir un análisis específico.
El grado de parentesco es solo el principio.
Antes de presentar
Primero, entendemos a la familia.
Antes de preparar una solicitud analizamos:
- quién reside en España
- quién pretende reagruparse
- qué vínculo existe
- dónde se encuentra cada miembro
- edades
- situación económica
- vivienda
- historial migratorio
- y cualquier circunstancia que pueda afectar al procedimiento.
No hay dos familias iguales. Por eso evitamos planteamientos automáticos.
El expediente familiar
Todo vínculo ha de acreditarse.
Cuando los documentos proceden de distintos países, uno de los principales retos consiste en conseguir que toda la historia familiar resulte jurídicamente coherente y documentalmente acreditable.
Podemos revisar:
- certificados de nacimiento
- certificados de matrimonio
- parejas registradas o situaciones legalmente reconocidas
- filiación
- custodia
- adopciones
- documentación de menores
- dependencia económica
- sentencias y resoluciones extranjeras
- y cualquier otro documento relevante.
Cuando corresponda:
Hilamos los documentos antes de presentar a la familia.
El requisito económico
La familia ha de tener sustento.
La persona residente en España debe acreditar, en los términos exigidos legalmente, medios económicos suficientes para atender las necesidades de la unidad familiar.
La cuantía y forma de acreditación dependen de la composición familiar y de las circunstancias del caso.
Por eso estudiamos:
- ingresos
- fuentes de recursos
- estabilidad
- personas a cargo
- composición de la unidad familiar
- y documentación bancaria, laboral o económica que permita acreditar adecuadamente la situación.
Tener los medios no es lo mismo que acreditarlos.
La vivienda
Una familia necesita algo más que una dirección.
La vivienda constituye otro elemento que puede resultar relevante en el procedimiento.
Analizamos cómo acreditar que la vivienda es adecuada para la unidad familiar, atendiendo a las condiciones exigibles.
Puede ser necesario revisar:
- contrato de arrendamiento
- título de propiedad
- ocupantes
- superficie
- condiciones de habitabilidad
- y la documentación administrativa correspondiente.
Antes de que llegue su familia, nos ocupamos de que el expediente esté listo.
No todas las familiasencajan en una fórmula.
Hay expedientes que requieren un análisis especialmente cuidadoso.
Menores · Cuando existen hijos menores, separación entre progenitores o cuestiones de custodia.
Hijos mayores de edad · Cuando la edad del hijo hace necesario analizar cuidadosamente si continúa existiendo la vía de reagrupación o debe estudiarse otra alternativa.
Ascendientes · Cuando se pretende reagrupar a padres u otros ascendientes y debe acreditarse la situación exigida.
Dependencia · Cuando la relación familiar depende de una situación económica o personal que debe probarse documentalmente.
Matrimonios anteriores · Cuando existen matrimonios anteriores, divorcios o diferentes vínculos familiares.
Custodia · Cuando uno de los progenitores reside en España y el otro permanece en el extranjero.
Adopción · Cuando la relación familiar deriva de una adopción nacional o internacional.
Circunstancias sobrevenidas · Cuando la situación familiar cambia mientras el procedimiento está en marcha.
Cuanto más compleja es la historia familiar, más importa la preparación.
El consulado
El último paso puede ser el más delicado.
Cuando el familiar se encuentra fuera de España, la autorización puede requerir posteriormente la intervención del consulado español competente.
No dejamos esta fase para el final.
Antes de llegar a ella revisamos:
- competencia consular
- documentación
- legalizaciones
- apostillas
- traducciones
- antecedentes cuando correspondan
- y cualquier otra exigencia documental aplicable.
Preparamos el consulado antes del consulado.
Tras la concesión
El proceso no termina con la resolución.
Una vez concedida la autorización, todavía existen pasos que pueden ser necesarios para completar correctamente el proceso de llegada y documentación en España.
Acompañamos, cuando corresponda, en:
- fase consular
- entrada en España
- TIE
- empadronamiento
- Seguridad Social
- renovación
- modificación de autorización
- y planificación de la siguiente etapa migratoria.
La concesión es un hito. No la meta.
Cuando la vida familiar cambia
La vida no sigue los plazos de extranjería.
Una familia puede cambiar después de obtener la residencia.
Puede producirse:
- un nacimiento
- un matrimonio
- una separación
- un divorcio
- un cambio de dependencia
- la mayoría de edad de un hijo
- un cambio económico
- un fallecimiento
- o una modificación de la situación del reagrupante.
Cada una de estas circunstancias puede tener consecuencias jurídicas diferentes.
No espere a que caduque la tarjeta. Cuando la situación familiar cambia, analizamos inmediatamente sus posibles consecuencias migratorias.
La siguiente etapa
La residencia familiar puede evolucionar.
La situación del familiar reagrupado no necesariamente permanece indefinidamente vinculada al mismo régimen.
Dependiendo de las circunstancias y del cumplimiento de los requisitos correspondientes, pueden existir posteriormente vías de:
- residencia independiente
- modificación
- renovación
- residencia de larga duración
- nacionalidad, cuando corresponda.
No miramos solo la siguiente tarjeta. Miramos todo el camino.
Nuestro papel
Más que un expediente de reagrupación.
En Garzalex analizamos la reagrupación familiar dentro del contexto completo del cliente.
Cuando resulta necesario, coordinamos:
La estrategia y autorización de residencia.
Divorcios, custodia, filiación y situaciones familiares complejas.
Consecuencias fiscales del traslado y residencia.
Vivienda, adquisición o alquiler.
Patrimonio, sucesiones y planificación familiar.
Coordinación documental entre diferentes jurisdicciones.
Una familia. Una sola lectura jurídica.
Si algo sale mal
Una denegación exige análisis.
Una denegación no debe aceptarse sin estudiar previamente sus fundamentos.
Analizamos:
- motivos de la denegación
- documentación aportada
- valoración realizada
- fundamentación jurídica
- plazos
- y las alternativas que puedan existir.
Cuando proceda:
Primero, entender la resolución. Después, decidir qué hacer.
Nuestro enfoque
- 01EvaluarEntendemos la situación familiar.
- 02ComprobarRevisamos vínculos y documentación.
- 03EstructurarOrdenamos medios económicos, vivienda y expediente.
- 04PrepararConstruimos la documentación necesaria.
- 05PresentarGestionamos el procedimiento.
- 06CoordinarAcompañamos las distintas fases, incluida la consular cuando corresponda.
- 07ContinuarSeguimos presentes en renovaciones y cambios posteriores.
Cuando la familia cambia
- ·DivorcioDivorcio internacional →
- ·HijosHijos y responsabilidad parental →
- ·HerenciaSucesiones internacionales →
- ·ResidenciaResidencia en España →
Criterio Garzalex
Reagrupar a una familia no consiste en traer documentos a España.
Se trata de reunir a los suyos, con el derecho ya dispuesto para recibirlos.
Lo importante es que vuelvan a estar juntos.
Del procedimiento nos ocupamos nosotros.
Hablar con nuestro equipoLos requisitos, documentación, procedimientos y criterios administrativos pueden variar según las circunstancias del solicitante, del reagrupante y de cada miembro de la unidad familiar. Determinados supuestos requieren un análisis individualizado conforme a la normativa vigente, especialmente los relativos a ascendientes, dependencia, menores, custodia o situaciones familiares complejas.